IRPF 2022: Retenciones e ingresos a cuenta
  • 04/04/2022

IRPF 2022: Retenciones e ingresos a cuenta

Para el año 2022 se esperan grandes cambios fiscales no solo en el ámbito del trabajo (con la llegada de la nueva reforma laboral) sino también en las retenciones e ingresos a cuenta y quienes están exentos de pagar el IRPF.

Como novedad más llamativa tendremos la creación de un nuevo tramo de retención para los que ingresen un montante mayor de 300.000€ que ahora será gravado al 47%. 

Pero primero vamos a ver qué son esas retenciones e ingresos a cuenta y quienes recibirán una retención del IRPF.

¿Qué son las retenciones e ingresos a cuenta?

Las retenciones a cuenta propias del IRPF son anticipos de la cuota del impuesto al que será sometido el receptor de una renta una vez realice la declaración de la renta o, en el caso de que reciba ingresos por sociedades, o el IS.

Al final del año se realiza una comprobación de las retenciones que te han sido efectuadas a lo largo del periodo anual. En la declaración de la renta tendremos saldos a pagar o saldos a devolver en función del montante que alcancen esas retenciones.

Estas retenciones e ingresos a cuenta son de obligado cumplimiento para todos aquellos que cumplan estos requisitos que nos facilita la Agencia Tributaria:

  • Si eres un pagador obligado a retener o ingresar a cuenta
  • Si la renta que abonas está sujeta a retención o ingreso a cuenta.

¿Qué tipo de rentas implican una retención?

  • Todos los rendimientos de trabajo para los trabajadores por cuenta ajena
  • Todas las actividades profesionales y económicas en el caso de los autónomos
  • Ganancias patrimoniales como las derivadas de la transmisión de acciones.
  • Los rendimientos que provengan de actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • Las imputaciones de rentas en la cesión de derechos de imagen
  • Los rendimientos de capital mobiliario.
  • Los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles
  • Los premios derivados de concursos.

¿Quién está obligado a retener?

  • Todas aquellas personas físicas que abonen rentas a trabajadores por el desempeño de una actividad profesional o económica.
  • Aquellas entidades que abonen rentas sujetas a IRPF y estén en un régimen de atribución de rentas.
  • Las personas jurídicas y entidades que abonen rentas sujetas al IS.
  • Las personas sujetas al Impuesto sobre la Renta de No Residentes en el caso de que sean de establecimiento permanente aunque existen excepciones.

¿Qué obligaciones tiene un retenedor?

Una vez que ya hemos visto quién tiene la obligación de retener, vamos a ver qué documentación debemos presentar para estas retenciones. 

Se debe emitir un certificado para el beneficiario de las rentas de que ha sufrido una retención, el importe de la misma y el porcentaje que le ha sido aplicado.

De manera mensual o trimestral, se debe hacer una declaración y el posterior ingreso de todas las retenciones que se le han llevado a cabo a los trabajadores. Se hará a través de los siguientes modelos:

  • El Modelo 111. Para todas aquellas retenciones que provengan de rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios. Habrá que presentar el Modelo 190 una vez al año
  • El Modelo 115. Retenciones por el arrendamiento de bienes inmuebles. Habrá que presentar el Modelo 180 una vez al año.

Tramos de retención de IRPF

Tramos IRPF 2021/22

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