Nuevas Líneas de Avales ICO
  • 08/04/2020

Nuevas Líneas de Avales ICO

¿Qué son las Líneas de AVALES ICO (COVID-19)?

Las Líneas ICO son líneas de financiación con las que el Instituto de Crédito Oficial ( www.ico.es ) facilitará fondos con la intermediación de las entidades de crédito.

Para paliar los efectos económicos del COVID-19, se ha establecido por parte del Gobierno una línea de avales para la cobertura de la financiación ( https://www.ico.es/web/ico/linea-avales ) que a su vez debe ser otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos (RDL 8/2020, artículo 29).

La finalidad de los avales es cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y/o renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos con el propósito de atender las necesidades de financiación necesarias para afrontar los pagos de salarios, facturas de proveedores, alquileres, gastos de suministros, circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

No podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.

 

¿Cómo funciona esta Línea y dónde tienen que dirigirse los autónomos y empresas?

Los autónomos y empresas interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades que suscriban con el Instituto de Crédito Oficial los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales.

La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.

 

¿Están obligadas las entidades a conceder el préstamo al existir esos avales ICO?

No. Cada entidad financiera puede aceptar o denegar las operaciones según sus criterios de riesgo internos.

Si una entidad rechaza una solicitud, el cliente puede presentarla en otra.

 

¿Se me puede obligar a contratar otros productos como condición necesaria para conceder el préstamo?

No. Las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.

 

¿Cuáles son sus condiciones financieras?

Dependerá de cada entidad, pero normalmente serán las siguientes:

  • Tipo de interés: Entre el 1,5% y 2,5% según cada entidad financiera oferte.
  • Plazo de amortización: Hasta 5 años.
  • Posibles carencias: Hasta 12 meses.
  • Comisiones: Aunque muchas entidades no lo están exigiendo, se podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada, siempre que cumplan los requisitos legales dentro de los márgenes no abusivos. https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/relacionados/comisiones/

 

¿Cuáles son sus requisitos?

  • No podrán figurar en situación de morosidad en los ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito.
  • No podrá estar incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir los requisitos para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de los acreedores.

  Publicado en Coronavirus