Interpretación de los ERTEs en la fase de desconfinamiento
  • 02/05/2020

Interpretación de los ERTEs en la fase de desconfinamiento

¿Retomar la actividad de la empresa implica sacar a todos los trabajadores del ERTE?

Se tratada de una pregunta recurrente en estos momentos, teniendo en cuenta que la apertura en la mayoría de los negocios no va a ser libre, sino que va a llevar muchas restricciones de aforo o de horarios, que limitarán tanto los ingresos, como incluso la necesidad de empleados en el propio negocio, por lo que para salir de dudas, la Dirección General de Trabajo ha emitido un criterio interpretativo sobre prorroga de ERTES (ver PDF adjunto), por el que considera que los negocios acogidos al ERTES, podrán renunciar a esta medida "de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva".

De este modo, se podrán recuperar a los trabajadores de forma parcial y progresiva, en función de las necesidades, permitiendo incluso sustituir la suspensión de la jornada laboral llevada a cabo por el ERTE, por una reducción de jornada, es decir, recuperar al empleado y, mientras sea necesario, reducir sus horas de trabajo ("las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor").

Por tanto, la Dirección General de Trabajo establece como prioridad la recuperación de la actividad laboral y la reincorporación de las personas trabajadoras a sus puestos de trabajo, que a fin de cuentas era el propósito que motivó este tipo de “ERTES” por fuerza mayor.


Ficheros adjuntos

  Criterios de aplicación ERTEs durante el desconfinamiento


  Publicado en Corporativo