¿El borrador de la renta puede ser modificado?
  • 13/05/2021

¿El borrador de la renta puede ser modificado?

¿El borrador de la renta puede ser modificado?

La declaración de la renta puede ser modificada por diferentes motivos, ya bien sea por falta de datos, errores en los datos presentados, falta de reducción o deducción a la que se tenía derecho.

Contamos con un plazo de hasta cuatro años desde el día siguiente de la presentación de la declaración para subsanar los errores que hayamos cometido en nuestra declaración siempre y cuando hacienda no haya publicado la liquidación definitiva.

Si presentamos la declaración de la Renta fuera de plazo seguramente seremos sancionados.

¿Cómo se realiza la modificación?

La declaración de la renta puede ser modificada de dos formas, para realizar ambas hay que acceder a la pagina Renta Web en la que nos iremos al apartado de “Servicios Disponibles” donde encontraremos las opciones de:

  1. Modificación de declaración. Esta forma se utiliza cuando a la declaración presentada le faltan datos, o cuando le perjudica al contribuyente. Se puede realizar en el apartado “más trámites” o bien accediendo al “Servicio de tramitación borrador/declaración” y posteriormente en ambos casos acceder al apartado de “Modificación de una declaración ya presentada” de la Sede Electrónica. 

También se puede realizar la corrección accediendo de nuevo al expediente de la Renta y marcando la casilla 127 que corresponde a la solicitud de rectificación de una autoliquidación desde presentaciones externas o desde el fichero.

  1. Declaración complementaria. Se realiza cuando la declaración perjudica a Hacienda. Se debe marcar la casilla 107 o la alternativa para explicar la motivación de esta nueva declaración complementaria. A continuación se recomienda trabajar en la declaración ya  presentada en los que se verán reflejados los últimos datos añadidos o modificados de la declaración.

Cuando se hayan subsanado los errores en la declaración es recomendable comprobar la modificación y los resultados en “Resumen de declaraciones”.

En el siguiente enlace la Agencia tributaria nos explica cómo realizar la modificación paso a paso.

Cómo modificar el borrador de la renta

Estamos aquí para poder ayudaros a saber todos los derechos y obligaciones que tenemos. ¡Contactarnos! Será un placer atendeos.

 

  Publicado en Fiscal