Ayudas para desempleados con cargas familiares para 2021
  • 02/02/2021

Ayudas para desempleados con cargas familiares para 2021

Durante el 2021, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha habilitado una ayuda extraordinaria para desempleados que no tengan derecho a percibir un subsidio contributivo por desempleo y que tengan bajo su cargo responsabilidades familiares. Por tanto, se trata de un apoyo económico para aquellas personas que han agotado el paro.

La situación económica de España sigue siendo muy delicada a causa de la pandemia Covid-19. El número de desempleados en nuestro país sigue creciendo y muchas personas se encuentran en búsqueda de un trabajo mientras reciben algún tipo de prestación. Sin embargo, hay personas que ya han agotado su derecho al paro contributivo proveniente de la Seguridad Social. Así, que si formas parte de este último grupo y además cuentas con cargas familiares, la Seguridad Social va a ofrecer una ayuda extraordinaria.

Requisitos para recibir un subsidio por cargas familiares

Para poder acceder a este tipo de ayudas para parados, la Seguridad Social exige una serie de requisitos mínimos. Principalmente, estas ayudas van destinadas a aquellas personas que no tienen derecho a otro tipo de prestaciones, en situación de desempleo y que tengan familiares a su cargo:

  1. Estar desempleado.
  2. La persona interesada en la ayuda debe estar inscrita como demandante de empleo como mínimo durante un mes desde que se le agotara la prestación por desempleo. Otro requisito es que no puede haber rechazado ninguna oferta de empleo adecuada, ni tampoco haberse negado a participar en cursos de formación profesional; salvo que fuese una causa justificada.
  3. Que se haya agotado la prestación por desempleo de carácter contributivo.
  4. Suscribir el compromiso de actividad.
  5. No tener rentas de ningún tipo que superen el 75% del SMI (Salario mínimo interprofesional), excluyendo la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social exige que todos estos requisitos deben de cumplirse en el momento del hecho causante. Y, a su vez, deben seguir en vigor en el momento en el que se solicite la prestación y durante toda la percepción del subsidio.

En caso de no reunir el requisito de carencia de rentas o de responsabilidad familiar, podrá conseguir esta ayuda si en el plazo de un año desde la fecha del hecho causante, puede acreditar que los cumple.

Duración de las ayudas para desempleados con responsabilidades familiares

Las ayudas a parados con cargas familiares tendrán una duración de seis meses, prorrogables por períodos semestrales; considerando la edad y la duración del subsidio por desempleo que haya obtenido anteriormente. Asimismo, la Seguridad Social tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Tendrá derecho a totalizar al menos 18 meses de esta prestación, el demandante menor de 45 años y que haya agotado una prestación contributiva de mínimo 4 meses.
  • Tendrá derecho a totalizar 24 meses si es menor de 45 años y la prestación contributiva que se ha agotado ha tenido una duración de 6 meses.
  • El demandante mayor de 45 años con una prestación contributiva agotada de 4 meses de duración, también tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • Por último, tendrá derecho a totalizar 30 meses si el demandante es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses.

Se ha de tener en cuenta que la edad fijada en cada uno de los anteriores apartados es la que se debe tener durante la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Pero, en el caso de las personas trabajadoras fijas discontinuas, la prestación solicitada será equivalente al número de meses cotizados a la Seguridad Social en el año anterior a la solicitud.

Ayudas a parados, ¿cómo presentar la solicitud?

Para poder solicitar este tipo de prestación por desempleo a personas con cargas familiares debe de haber pasado un mes y medio desde que se agotara el paro. 

Una vez tramitada la solicitud, la ayuda para parados se activará justo al día siguiente de que se acepte dicha tramitación. De cualquier modo, se puede acceder a este tipo de prestaciones emitidas por la Seguridad Social a través de los siguientes canales:

  • Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
  • Mediante cualquier oficina dedicada al registro público
  • A través de correo administrativo

En la oficina de prestaciones. En dicho caso, será necesaria la obtención de cita previa vía telefónica o a través de la Sede Electrónica del SEPE

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